«si temiesse algun daƱo manifiesto de su persona, o de su mujer, o de sus fijos, o porque por el adulterio cometido perdio el derecho de pedir la deuda, o si la pidiesse en lugar sagrado. ca en esta manera el lugar seria violado, o haun en publico. ca seria contra honestad. empero no es causa legitima para denegar el deudo por ser dia de ayuno, o de fiesta solenne, o»