«con el ante. e es obligado de complir el voto fasta que se case ca despues de casado no esta en su mano el complir lo. e quando le piden la deuda expressamente, o por ceƱos es touido de render la. mas no puede pedir la ni requerir la sin dispensacion. ca en otra manera peccaria mortalmente. Si se desposo con alguna, o la mujer con alguno por palabras de futuro:»