«calla los bienes que sabe hauer fecho alguno quando es necessario dezir lo para librar el proximo de qualque trabajo. Si oyo algunas difamaciones de otros e se delecto e tomo plazer d·ellas peca mortalmente. empero si lo faze porque se delecta de fablar mucho mas desplaze le la difamacion: no es pecado mortal. empero en·los prelados que pueden vedar tales cosas es pecado mortal.§ De auaricia que es»