«mortal, o venial graue. Si dixo a su muger palabras injuriosas, llamando la bagassa: e semejantes cosas, o la firio aspramente sin causa razonable: es peccado mortal. empero si en otra manera le fablasse palabras duras e asperas no seria peccado mortal. Si la muger contiende con el marido en cosas licitas: no queriendo le obedecer: e faziendo lo ensañar por esto: e blasfemar de Dios e de·los sanctos, o»