«fijos que estan debaxo del poderio del padre e de·los religiosos. E si vno tiene voto de castidad o ha fecho voto de entrar en religion e se casa pecca mortalmente: e no puede consumir el matrimonio sin peccado mortal: porque haun lo puede complir e lo deue complir ante de acabar el matrimonio. mas despues de acabado por copula: es touido a render la deuda quando ge la pide»