«quando dexo el proposito de complir lo: pudiendo lo complir. ca en otra manera la tardança de complir el voto: quando no se ha puesto tiempo cierto no parece mortal: sino que fuesse grande la tardança: e sino que por esto el incuriesse peligro de no poder complir: assi como es del voto de entrar en religion: no touiendo causa legitima que lo forçasse a dilacion: ca entonces es peccado mortal.»