«por occasion de sentencia de descomunion, o de entredicho dada dan licencia de fazer mal a·los que la dan en sus personas, o bienes despues que lo han fecho fasta dos meses: es descomunion obispal: e dende adelante es papal. Los que juzgan los estatutos fechos en fauor de·los logreros: e los que tienen poder sobre ello: si permetieren que los tales estatutos se guarden: encurren en descomunion obispal.»