«quebranta qualquiere d·estos sillos si quiera de secreto si quiera de confession: pecca mortalmente. Empero lo que vno recibe so sillo de confession: e no en confession no le obliga mas que si vno jura de tener algo secreto. Onde quando alguno jura de tener secreto algun mal el qual manifestando se empacharia e destorbaria aquel mal assi como alguna traycion e cosas semejantes es touido de reuelar lo haun»