«el no sacerdote que en caso de necessidad: oye de peccados mortales. e veniales. esso mismo el turciman que el que se confiessa trae quando no le entiende el confessor.ยง Jtem el que oye el caso quando vno lo confiessa. Jtem aquel: al qual se reuela el caso de licencia del penidiente. Jtem el que se finge ser confessor. Jtem el que oye la confession estouiendo escondido lo qual es sacrilegio:»