«Dios: puede le encargar secundum Joan Andres que oya cierto numero de sermones. deue empero guardar el confessor que no de tal penitencia que faga perjuyzio a otro. como seria si diesse por penitencia ha·un esclauo que fuesse en luenga pelegrinacion, o ayunasse mucho de guisa que su señor recibiesse daño de su seruicio. esso mismo si encargasse a·la mujer que diesse muchas limosnas. ca dar las ya de·los»