«embargante aquello puede oyr de confession: no es escusado ya por esso que no sea touido de tornar la confession segun Pedro de Palude.§ El quinto caso es en·el qual es touido vno de tornar la confession: segun Pedro de Palude. el impedimento de parte del que se confiessa sabido, o oluidado, o ignorado razonablemente verbi gracia que era descomulgado: ca en aquel caso es touido de confessar se otra vez: ca el descomulgado no»