«comulgar se vna vez en·el año: e en cosas semejantes. e tales cosas es touido saber qualquier confessor: sino que tenga causa razonable que lo escuse: como si quiça en·el tiempo de·la prohibicion: estaua en tierras muy lexos, o en·la prision. Otros peccados ay: no porque sean deffendidos por el hombre: mas porque de suyo son malos: haun que no fuessen deffendidos. E d·estos ay algunos»