«a la vtilidad comun reseruar se tantos casos. ca es poner lazos en la carrera de·la saluacion. E si alguno quisiere defender: que el obispo pueda reseruar se muchos casos quanto a los sacerdotes parrochiales: que son de·la jurisdiccion de·los obispos e sometidos a ellos. Empero no pueden fazer esto los obispos contra los frayles suso dichos: los quales son exemptos: e no sometidos a sus ordenaciones. E»