«otra vez confessar se a ellos e ser absueltos d·ellos: dentro de·la dyocesi. Mas si sin la solennidad suso dicha: el obispo: o el cura encomendasse a·los frayles la autoridad de oyr confessiones: entonces podrian oyr las fuera de la dyocesi como los otros vicarios d·ellos. De·los casos reseruados a·los obispos: ni los curas: ni los frayles presentados pueden absoluer: si no en quanto el»