«que oyo. y entonce como de su derecho assi como pierde el poder el otro reuocando lo. Ca el juyzio se dissuelue vedando lo aquel: que mando juzgar. Onde assi como muerto el obispo: o trasladado a otra yglesia el official suyo cessa en·las causas: assi deue cessar el penitenciario en oyr las confessiones. saluo que deue absoluer de·los peccados ya oydos. Ca el mandado expira por muerte del»