«lo faria si no fablasse a·los tales que saben bien que no entiende o no puede vedar que los tales no se confiessen a su superior. assi como en las religiones quando el prior vieda que no se confiesse alguno de tal peccado sin su licencia: es cierto que no entiende que no se pueda confessar al maestro del orden o prouincial o a sus vicarios. ca si lo prohibiesse:»