«pues los absueltos no han menester confessar se al propio sacerdote. ni obsta. Ca aquello se entiende del que no se a confessado a otro segun deue. Joan Monge dezia el contrario empero mal dixo. El mismo Paulo dixo que sin licencia del propio sacerdote puede vno confessar se a otro: ni por esto se sigue: que estos sean curados. e la razon es segun la glosa porque ni los frayles mismos son»