«e de juridiccion: mas solos aquellos tiene por subditos: que se someten a el: sino que segun los derechos el que vna vez se somete a vno es fecho su parrochiano: e no se puede someter a otros: fasta que se quite del primero: sino de voluntad de aquel. PorĀ·ende se dize. Permetemos que escojan: como quien dize. por derecho diuino les era permetido el escojer: mas quitada esta facultad»